Regnum Christi España

Paseo por la web | ¿Cómo es el gobierno del Regnum Christi en España?

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El 31 de mayo de 2019, hace ahora 5 años, la Santa Sede aprobaba ad experimentum los Estatutos de la Federación Regnum Christi, el Reglamento General y el Reglamento de los laicos, que establecen para el Regnum Christi un gobierno colegiado a través de un Colegio Directivo formado por los directores de los Legionarios de Cristo, las Consagradas y los Laicos Consagrados del Regnum Christi, con voz y voto consultivo de los laicos. Te contamos cómo está organizado en España y puedes consultar más detalles en la web.

El gobierno del Regnum Christi de España, el Colegio Directivo Territorial (CDT), está formado por el P. Javier Cereceda, Director territorial de los Legionarios de Cristo, Betty Rivera, Directora territorial de las Consagradas, Emilio Martínez, Director de la comunidad de Laicos Consagrados del Regnum Christi en Madrid, y los laicos José Miguel Mohedano y Paloma Villena.

 

El CDT cuenta con un equipo de trabajo formado por el secretario territorial, P. Diego García, L.C., la administradora territorial, la consagrada Jéssica Mendieta, el responsable de Vida y misión, el laico consagrado Noé Robertos, la directora de Comunicación, Amalia Casado, y la encargada de Ambientes Seguros, Rocío Sánchez Mejorada (RGFRC, 37).

 

El gobierno del Regnum Christi en España

 

Plenaria Territorial

Al Colegio Directivo Territorial lo asiste en el ejercicio de su autoridad para ciertos asuntos la Plenaria Territorial (RGFRC 33-36), y su colaboración expresa el espíritu de comunión que caracteriza al Regnum Christi. En la plenaria también miembros de las cuatro vocaciones que conforman el Regnum Christi. La Plenaria territorial se convoca al menos una vez al año.

 

El gobierno en las localidades

La vida del Regnum Christi en las localidades está dirigida por un director local, con su consejo. El director local dirige la actividad del Regnum Christi en su localidad, acompaña la vida y misión de las secciones, involucra a los superiores y directores de comunidad, los directores de sección, de las obras y de los programas apostólicos en la elaboración y ejecución del plan de la localidad (art. 39-44 RGFRC).

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